Ir al contenido
Unitify

Referencia legal

Morosidad: qué ocurre si no se paga en la Ciudad de México

Respuesta breve

Los condóminos o poseedores morosos pierden el derecho de voto en la asamblea general, pero conservan siempre el de voz, salvo en las asambleas convocadas para modificar la escritura constitutiva, extinguir el régimen de propiedad en condominio o afectar el dominio del inmueble. Son morosos quienes no pagan dos o más cuotas de los fondos de mantenimiento y de reserva, una cuota extraordinaria, o una condena judicial o laudo por daños al condominio. Los morosos no cuentan para el quórum y no pueden ser electos administrador ni miembros del comité de vigilancia.

Qué dice la ley

El texto de la ley, tal como se publicó.

Con excepción de las Asambleas Generales convocadas para modificar la Escritura Constitutiva, extinguir el Régimen de Propiedad en Condominio o afectar el dominio del inmueble, se suspenderá a los condóminos o poseedores morosos su derecho a voto conservando siempre su derecho a voz, en la Asamblea General. Par efectos de esta Ley son casos de morosos los siguientes: I. La falta de pago de dos cuotas o más para el fondo de mantenimiento y administración y el fondo de reserva; II. La falta de pago de una cuota extraordinaria de acuerdo a los plazos establecidos; y/o III. Cuando por sentencia judicial o laudo administrativo debidamente ejecutoriado, se haya condenado al pago de daños a favor del condominio y éste no haya sido cubierto. En estos supuestos no serán considerados para el quórum de instalación de la Asamblea General, estando impedidos para ser electos como Administrador Condómino, o como miembros del Comité de Vigilancia.
Disposición: Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, art. 34 · Texto oficial

Última verificación:

Qué significa en la práctica

Las cuotas atrasadas causan intereses moratorios al tipo legal fijado en la asamblea o en el reglamento interno, que la ley limita a un máximo del nueve por ciento anual. El estado de liquidación de adeudos firmado por el administrador y el presidente del comité de vigilancia, con los recibos y copia certificada del acta, es título ejecutivo cuando hay dos cuotas ordinarias o una extraordinaria pendientes. Antes de iniciar un procedimiento ante la Procuraduría Social, el administrador debe acreditar una mediación interna previa. Esta página trata solo la Ciudad de México.

Información general, no asesoramiento legal. Conviene comprobarla con un abogado en la Ciudad de México antes de apoyarse en ella y leer los documentos propios del edificio: pueden cambiar cómo se aplica una regla.

Dónde encaja Unitify

Unitify registra la deuda por unidad, registra los pagos y envía recordatorios. Los intereses, las limitaciones del voto, los gravámenes y el cobro forzoso proceden de la ley citada arriba y de las reglas propias y los aplican personas; Unitify registra la deuda y los pagos.

Cómo funciona en Unitify

Preguntas y respuestas

¿Qué consecuencias tiene no pagar las cuotas o expensas en la Ciudad de México?
Los condóminos o poseedores morosos pierden el derecho de voto en la asamblea general, pero conservan siempre el de voz, salvo en las asambleas convocadas para modificar la escritura constitutiva, extinguir el régimen de propiedad en condominio o afectar el dominio del inmueble. Son morosos quienes no pagan dos o más cuotas de los fondos de mantenimiento y de reserva, una cuota extraordinaria, o una condena judicial o laudo por daños al condominio. Los morosos no cuentan para el quórum y no pueden ser electos administrador ni miembros del comité de vigilancia.
¿De dónde viene y cuándo se verificó?
La cita procede de Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, art. 34, en la fuente oficial enlazada en esta página. Se comprobó por última vez con esa fuente el 5 de octubre de 2026.
← Todos los países y temas