Fondo de reserva y de reparaciones en Argentina
Cada propietario está obligado a contribuir a la integración del fondo de reserva, «si lo hay». El Código Civil y Comercial no hace obligatorio un fondo de reserva. El consejo de propietarios, cuando la asamblea designa uno, autoriza al administrador a disponer del fondo de reserva ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios.
Qué dice la ley
contribuir a la integración del fondo de reserva, si lo hay;Última verificación:
También relevante
autorizar al administrador para disponer del fondo de reserva, ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios;Qué significa en la práctica
El texto del Código leído para esta página no dice qué tamaño debe tener el fondo ni quién lo administra. El consejo es optativo: la asamblea «puede» designar uno. Esta página trata el Código Civil y Comercial de la Nación; la ley de la Ciudad de Buenos Aires sobre administradores (Ley 941) es otro texto y aquí no se trata.
Dónde encaja Unitify
Unitify lleva un saldo por unidad y registra cada aportación en la unidad correcta. El tamaño del fondo y los gastos que cubre proceden de la ley citada arriba y de los acuerdos de los propietarios.
Cómo funciona en UnitifyPreguntas y respuestas
- ¿Qué dice la ley sobre el fondo de reserva en Argentina?
- Cada propietario está obligado a contribuir a la integración del fondo de reserva, «si lo hay». El Código Civil y Comercial no hace obligatorio un fondo de reserva. El consejo de propietarios, cuando la asamblea designa uno, autoriza al administrador a disponer del fondo de reserva ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios.
- ¿De dónde viene y cuándo se verificó?
- La cita procede de Código Civil y Comercial de la Nación, art. 2046, inciso d), en la fuente oficial enlazada en esta página. Se comprobó por última vez con esa fuente el 2 de octubre de 2026.