Qué son las expensas en Argentina: ordinarias, extraordinarias y quién las paga
Las expensas son lo que cada propietario aporta para pagar los gastos comunes de su edificio en propiedad horizontal. En Argentina, el Código Civil y Comercial las divide en ordinarias y extraordinarias y obliga al propietario a pagarlas (arts. 2046, inciso c, y 2048).
«Cada propietario debe atender los gastos de conservación y reparación de su propia unidad funcional. Asimismo, debe pagar las expensas comunes ordinarias de administración y reparación o sustitución de las cosas y partes comunes o bienes del consorcio, necesarias para mantener en buen estado las condiciones de seguridad, comodidad y decoro del inmueble y las resultantes de las obligaciones impuestas al administrador por la ley, por el reglamento o por la asamblea.»
Expensas ordinarias. Son las de administración y de reparación o sustitución de las cosas y partes comunes o bienes del consorcio, necesarias para mantener el inmueble en buen estado de seguridad, comodidad y decoro, y las que resultan de las obligaciones que la ley, el reglamento o la asamblea imponen al administrador (art. 2048). El Código no da una lista de rubros.
Expensas extraordinarias. Son las dispuestas por resolución de la asamblea (art. 2048). El Código no da una lista de ejemplos ni un monto que las separe de las ordinarias.
Quién las paga y en qué proporción. El propietario está obligado a pagar las expensas comunes ordinarias y extraordinarias en la proporción de su parte indivisa (art. 2046, inciso c), y la proporción en el pago de las expensas la determina el reglamento de propiedad horizontal (art. 2056, inciso g). Además del propietario, y sin liberarlo, están obligados "los que sean poseedores por cualquier título" (art. 2050; el Código habla de poseedores, no de inquilinos). Entre propietario e inquilino, quién soporta cada gasto depende del contrato de locación y de las normas de locación vigentes.
No se pueden retener. Los propietarios no pueden rehusar el pago de expensas ni oponer defensas fundadas en derechos que invoquen contra el consorcio, excepto compensación, sin perjuicio de plantearlos por la vía correspondiente (art. 2049).
Lo que el Código no dice. Los montos, los vencimientos y los intereses no figuran en los arts. 2037 a 2072: consulte el reglamento de su consorcio. En la Ciudad de Buenos Aires, la Ley 941 enumera qué debe contener la liquidación de expensas (art. 10) y exige indicar en forma separada los importes de expensas ordinarias y extraordinarias (art. 10, inciso j).
Qué hace Unitify
Unitify no reemplaza al reglamento, a la asamblea ni a los libros del administrador. Ordena el cobro y la comunicación entre el consorcio y sus propietarios. Los cargos de cada unidad funcional se llevan por separado, con líneas ordinarias y extraordinarias separadas, para que cada propietario vea de dónde sale su monto. Los cargos y recibos del período se exportan a Excel para el contador. Los pagos hechos fuera de la app (transferencia, billeteras) se importan desde Excel y se asignan a la cuenta de cada unidad. Cada residente ve los avisos y el estado de pago de su unidad en la app.
App para residentes y administración

