Calculadora de quórum y mayorías de la asamblea de propiedad horizontal
Escriba los propietarios con su coeficiente de copropiedad, quién asistió y cómo votó. La herramienta compara los números con los arts. 41, 45 y 46 de la Ley 675 de 2001 y con la lectura que la Corte Constitucional hizo para vivienda, y le dice qué umbral fija cada regla y qué dan sus números.
Lo que la herramienta dice y lo que no dice
Es una estimación. No dice que una junta (o asamblea) o un acuerdo «sea válido»: dice qué umbral fija cada artículo y qué dan los números que usted escribe. La validez depende también de lo que los números no muestran (la citación, las delegaciones, los documentos del edificio), así que deciden sus documentos y un abogado. Unitify registra votos; la validez depende de la ley y de sus reglas.
En edificios de vivienda, la Corte Constitucional distinguió las decisiones de contenido económico (se cuentan por coeficientes) de las demás (una unidad, un voto). Cuál es su caso lo decide su abogado: la herramienta no clasifica la decisión y se lo pregunta. Una abstención y un asistente que aún no ha votado cuentan como presentes, no como votos a favor: es la convención de la herramienta, no una frase de la ley.
El reglamento de propiedad horizontal puede exigir un quórum o una mayoría superior (el art. 45 lo prevé) y la ley limita las mayorías exigibles al 70 % salvo para extinguir la propiedad horizontal. Si es su caso, elija «Otro umbral» y escríbalo: la herramienta lo aplica y lo marca como suyo. Confirme el resultado con un abogado.
Qué votación comprueba
Propietarios, coeficientes y asistencia
Suma de los coeficientes: 0
Pegar una lista desde una hoja de cálculo
Escriba las cuotas, la asistencia y los votos para ver la comparación con los umbrales.
Qué dice la ley, en breve
Quórum y mayoría generales (art. 45)
La asamblea general «sesionará con un número plural de propietarios de unidades privadas que representen por lo menos, más de la mitad de los coeficientes de propiedad» y tomará decisiones «con el voto favorable de la mitad más uno de los coeficientes de propiedad» representados en la sesión. Ambas reglas ceden ante el reglamento o la ley cuando exigen un quórum o mayoría superior, y ante las reuniones de segunda convocatoria.
Segunda reunión (art. 41)
Si la asamblea no puede sesionar por falta de quórum, se convoca una nueva reunión que «sesionará y decidirá válidamente con un número plural de propietarios, cualquiera que sea el porcentaje de coeficientes representados». El artículo no fija una mayoría para decidir en esa reunión: la herramienta no inventa una.
Mayoría calificada del 70 % (art. 46)
Algunas decisiones, como imponer expensas extraordinarias que superen cuatro veces las expensas necesarias mensuales o aprobar expensas comunes diferentes de las necesarias, requieren una mayoría del setenta por ciento de los coeficientes del edificio. Estas decisiones no pueden tomarse en reuniones no presenciales ni en segunda convocatoria, salvo que en este último caso se obtenga la mayoría exigida.
Vivienda: coeficientes o unidades (Corte Constitucional)
En conjuntos o edificios de vivienda, las decisiones de contenido no económico se adoptan con la fórmula una unidad, un voto: el quórum es más de la mitad de las unidades y la mayoría es la mitad más uno de los votos de las unidades presentes o representadas.
Texto oficial: Ley 675 de 2001; Sentencia C-738 de 2002
Fuente: Ley 675 de 2001, texto de la Secretaría del Senado, y sentencias C-522 y C-738 de 2002 de la Corte Constitucional (consultado el 2 de octubre de 2026).
Ver la disposición citada en la referencia legal
Preguntas frecuentes
¿Qué quórum exige la ley para la asamblea?
El art. 45 exige un número plural de propietarios que representen más de la mitad de los coeficientes de propiedad, salvo que la ley o el reglamento exijan un quórum superior. En vivienda, para decisiones de contenido no económico, la Corte Constitucional lee ese quórum como más de la mitad de las unidades. La herramienta calcula las dos lecturas y le pregunta cuál aplica.
¿Qué pasa si no hay quórum?
Se convoca una nueva reunión que, según el art. 41, sesiona y decide válidamente con un número plural de propietarios, cualquiera que sea el porcentaje de coeficientes. El artículo no dice qué mayoría hace falta para decidir en esa reunión, así que la herramienta comprueba la pluralidad (al menos dos propietarios) y no da veredicto sobre la decisión.
¿Qué decisiones requieren el 70 %?
El art. 46 lista las que requieren mayoría calificada del setenta por ciento de los coeficientes. La herramienta calcula ese 70 % cuando usted elige esa opción; no clasifica por usted si su decisión está en la lista.
¿Se puede exigir más del 70 %?
El art. 45 dice que para ninguna decisión, salvo la extinción de la propiedad horizontal, se puede exigir una mayoría superior al setenta por ciento de los coeficientes. Esta herramienta no valida los umbrales que usted escribe: los aplica y los marca como suyos.
Los votos y la asistencia, registrados en un solo lugar
Unitify registra votos; la validez depende de la ley y de sus reglas. Lleve la asistencia, los votos y el acta del edificio en un solo lugar; esta herramienta es una estimación y deciden sus documentos y un abogado.